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Registro de líneas móviles
Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles.
Objeto de la disposición
Establecer los procedimientos y requisitos para asociar Líneas Telefónicas Móviles con sus Titulares, y en su caso, Usuarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y 164, fracción III de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Sus disposiciones son de observancia obligatoria para los Concesionarios y Comercializadoras que prestan el Servicio de Telefonía Móvil.
Quedan exceptuados de la aplicación de los Lineamientos, los números telefónicos asociados a una SIM que no cuenten con la capacidad técnica de generar llamadas de voz, envío de SMS o llamadas a través de Internet.
Sus disposiciones son de observancia obligatoria para los Concesionarios y Comercializadoras que prestan el Servicio de Telefonía Móvil.
Quedan exceptuados de la aplicación de los Lineamientos, los números telefónicos asociados a una SIM que no cuenten con la capacidad técnica de generar llamadas de voz, envío de SMS o llamadas a través de Internet.
